Prendas Multinorma

Las prendas multinorma están confeccionado con tejidos técnicos de última generación.

Los tejidos técnicos de alta tecnología ofrece protección contra diferentes riesgos como exposición,
  • al calor,
  • fuego,
  • sustancias químicas,
  • arcos eléctricos
  • soldadura,
  • antiestático,
  • alta visibilidad.
  • intemperie
Normativa: Epis de Categoría III

EN 11612: Ropa de protección contra el calor y la llama
EN 11611 Ropa de protección utilizada durante el soldeo y procesos afines.
EN 1149-5 Ropas de protección. Propiedades electrostáticas
EN ISO 20471:2013/A1:2017 Ropa de alta visibilidad.
IEC 61482 Ropa de protección contra los peligros térmicos de un arco eléctrico
EN 13034 Tipo 6 Ropa de Protección contra Productos Químicos Líquidos.
EN 343 - Ropa de protección. Protección contra la lluvia.

Este tejido técnicos pueden someterse
  • lavados domésticos (EN 6330)
  • lavados industriales (EN ISO 15797)

¿Está el empresario obligado a lavar la ropa de protección o puede hacerlo el trabajador?

Entre las obligaciones del empresario con respecto al uso de equipos de Protección individual, está la de asegurar que el mantenimiento de los equipos se realice conforme a lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto 773/1997
Según este artículo, la utilización, el almacenamiento, el mantenimiento, la limpieza, la desinfección cuando proceda, y la reparación de los equipos de protección individual deberán efectuarse de acuerdo con las instrucciones del fabricante del EPI.

Si la limpieza de la prenda requiere
  • instrucciones específicas, que deba ser de tipo industrial
  • otras tales que impliquen una reaplicación de tratamientos superficiales,
de tal forma que si no se siguen, impliquen una pérdida de su eficacia de protección, se entiende que el empresario es quien tiene que responsabilizarse de tal cuidado específico.


A tal fin podrá contratar un servicio de limpieza externa, aquí es una vez más donde entre la posibilidad de contratar servicio profesional de Gestión de Vestuario Laboral
Si no fuera este el caso, el empresario tendría que dar al trabajador instrucciones precisas de limpieza.

Estas instrucciones se indican normalmente en las instrucciones de la prenda de acuerdo a unos pictogramas normalizados.

En este sentido, el empresario debe trasladar estas instrucciones al trabajador de forma comprensible e indicarle, si así figura en las instrucciones, el número máximo de ciclos de limpieza.

Además, debería indicar al trabajador, como reconocer defectos o daños en el traje que pudieran repercutir en su eficacia, para que éste, en cuanto detectase algún deterioro, informará de tal circunstancia a su superior jerárquico (Art. 10c) RD 773/1997).


No obstante, existen legislaciones específicas que impiden explícitamente que los trabajadores se responsabilicen del lavado de su ropa de protección y de trabajo como por ejemplo el Real Decreto 665/1997  sobre protección de los trabajadores expuestos a agentes cancerígenos.

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